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La justicia laboral suspendió más de 80 artículos de la Reforma Laboral

Así fue resuelto por el juez laboral Raúl Ojeda. La cúpula de la CGT cuestionó la constitucionalidad de la legislación. Nación apelará la decisión judicial.

La Justicia laboral suspendió, de manera provisoria, más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno Nacional, una luego de una medida cautelar presentada por la CGT.

El texto firmado por el triunvirato de la central obrera, Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, logró frenar una parte significtiva de la Ley de Modernización Laboral (27.802) sancionada el pasado 27 de febrero.

El juzgado nacional del Trabajo advirtió sobre la posible “afectación de derechos constitucionales” y el riesgo de “perjuicio inminente” para los trabajadores. Por ese motivo, indicó la suspensión provisoria de los artículos cuestionados, hasta el momento en que se dicte la "sentencia definitiva”.

En la misma línea, Ojeda aseguró que esta cautelar tiene fundamentos por la “verosimilitud del derecho calificada” y porque, en el caso de de aplicarse las normas establecidas en la ley, podría producirse una ruptura en los derechos laborales aquiridos.

En la cautelar, se asegura que la CGT “posee legitimación activa para impugnar los artículos señalados”, vinculados a los “derechos de sindicalización, negociación colectiva y huelga”, teniendo en cuenta, también, los aspectos “individuales comunes y homogéneos” de los grupos de trabajadores, “cuya prestación se encuentra regulada" por las normas vigentes en nuestro país.

Por el momento, esta suspensión continuará siendo de carácter “provisorio”, mientras se resuelve la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma.

“Se peticiona la declaración de inconstitucionalidad de un grupo de disposiciones de la reciente ley 27.802 cuya determinación no corresponde al prieto marco de una medida cautelar. En esta etapa corresponde emitir una prudente consideración general que permita adoptar una decisión provisoria, para aguardar con paz social hasta la sentencia definitiva, luego de un debate más intenso”, concluye el texto.

La respuesta de Nación

Desde el Ministerio de Capital Humano adelantaron que apelarán la medida cautelar del lunes 30 de marzo.



“El Ministerio de Capital Humano, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, apelará el fallo dictado por el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 —en la causa Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional s/ Acción Declarativa Expte. CNT 10308/26 — por el cual suspendió cautelarmente un conjunto de artículos de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral”, señalaron desde la red social X.

“El Ministerio reafirma su compromiso en defensa de esta ley, sancionada por amplia mayoría del Congreso de la Nación y concebida como herramienta fundamental para la creación de empleo formal, la mejora de la competitividad y fortalecimiento de la seguridad jurídica de trabajadores y empleadores. A tal efecto, se agotarán todas las instancias judiciales necesarias para garantizar la plena vigencia de la Ley N° 27.802, en tanto expresión inequívoca de la voluntad legislativa y mandato de la actual gestión de gobierno”.

“El Ministerio rechaza los intentos de quienes, priorizando intereses corporativos y sectoriales, pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento que caracterizaron etapas anteriores de nuestra historia”, finaliza la comunicación. (Redacción NQN3, con información de Noticias Argentinas)

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